Sección III. Capítulo V. DE LA FUERZA PÚBLICA.
ARTÍCULO 175. DE LA POLICÍA NACIONAL.
Dentro del marco de esta Constitución y de las leyes, tiene la misión de preservar el orden público legalmente establecido así como los derechos y la seguridad de las personas y entidades y de sus bienes, ocuparse de la prevensión de los delitos.Traigo a colación el precedente artículo de la Contitución Nacional con el fin de crear un escenario más claro en cuanto a las funciones que en teoría, deben ser cumplidas por el cuerpo de la Policía Nacional.
En teoría, porque la realidad nos muestra un panonorama de creciente inseguridad y quienes deberían garantizar nuestros derechos a ser protegidos ante cualquier acción que atente nuestra seguridad, están más comcentrados en formar parte de la sociedad de consumo.
Un agente policial cumppliendo guardia con al intención supongo de preservar als eguridad de todas las persons que transitábamos sobre la conocida y concurrida Avenida Mariscal Francisco Solano López, siendo parte de la sociedad de consumo, era tecnológica, socializando vía teléfono móvil, concentrado en un redacción para el envío de su mensaje, es decir, conectadísimo al chat. Mientras que nosotros, los ciudadanos nos encontrábamos en permanente zozobra por si algún personaje de lo ajeno se presentara y decidiera tomar nuestras pertenencias.
Como en el Paraguay las sorpresas son el pan de cada día, nos hemos a costumbrado a ellas, por consiguiente, cuando al casualidad o causalidad me presentó el bochornoso espectáculo de suma consecuencia atentatoria, para la sociedad, no lo tomé como extraordinario, no obstante me generó preocupacion e incertidumbre.
Finalmente, gran parte de la población que pagamos los múltiples impuestos, lo hacemos esperando retribución por parte del Estado, sobre todo lo que respecta a nuestra seguridad.
Y, sin ánimo de desacreditar, exijamos más preparación en todos los aspectos a nustros policías, así quizá nos ahorraríamos, hechos como lo relatado y que cuando nos encontremos ante una situación límite y recurramos a los efectivos, lo hallemos en alerta y concentrados, no esperando a que se desconecten del chat para que actúen.
EXIJAMOS SEGURIDAD Y RESPONSABILIDAD, HAGAMOS VALER NUESTROS DERECHOS!!!
1 comentario:
Las nuevas herramientas tecnológicas como el celular que permite una comunicación en tiempo real, es un accesorio fundamental para la policía.
Pero como todas las cosas en el mundo, existen dos maneras de utilizarlas: Bien o Mal. Es responsabilidad de las autoridades superiores de esta institución adiestrar al personal a usarlos correctamente. En este momento y antes de la asunción de las nuevas autoridades del gobierno, evidentemente que eso no se va a realizar. Pero a partir del 15 de Agosto de 2008, las cosas tienen que cambiar diametralmente, tenemos que ser realmente exigentes con las nuevas autoridades. Tenemos el derecho a exigir, porque esa fué la intención del voto de la mayoría de la población.
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